REGLAMENTO DE LA PROMOCIÓN “EXPERIENCIA CON TIMO”
I - VIGENCIA DE LA PROMOCIÓN
- Inicio: 30 agosto de 2024
- Finaliza: 25 deptiembre de 2024
- Fecha sorteo: 26 septiembre de 2024
II - Fechas de Sorteo
- Ultima fecha para participar: 25 de septiembre de 2024
- Fecha de rifa: 26 de septiembre de 2024
Una vez obtenidos los ganadores, se programará la entrega oficial, la cual se publicará en redes sociales y en prensa.
III - premio
- 12 pases dobles para concierto de Timo.
IV - la forma de participar
- Ingresar a la página web www.promosloteria.sv suscribirse y registrar $5.00 en productos LOTRA Y LOTIN “NO PREMIADOS”, de los sorteos y lotines vigentes 2024.
- Participan únicamente los lotines que se encuentren en vigencia a partir y durante la promoción.
Rifa participan únicamente estos sorteos:
- LOTRA N°369
- LOTRA N°370
- LOTRA N°371
- LOTRA N°372
Rifa participan únicamente los lotínes:
- No. 286 - ENCUENTRA EL TESORO
- No. 346 - CUCHITO GANADOR II
- No. 263 - SUPER LOTIN
- No. 306 - LOTIN MAGICO III
- No. 276 - FGURAS DE LA SUERTE III
- No. 285 - FICHAS DE LA SUERTE III
- No. 359 - MES DEL DEPORTE II
- No. 305 - LOTIN BANK
- No. 358 - MES DEL DEPORTE I
- No. 287 - LOTIN PET
- No. 277 - PIEDRA PAPEL O TIJERA II
- Serán acreedores del premio únicamente aquellos vigésimos y lotines que cumplan todos y cada uno de los requisitos contemplados en este reglamento, y resulten ganadores en el sorteo correspondiente.
- NOTA: LOS GANADORES ES OBLIGATORIO PRESENTAR LOS VIGESIMOS Y/O LOTINES QUE REGISTRARON EN LA PROMOCIÓN.
- Esta promoción no posee costo a cancelar en concepto de derechos de participación.
V - de los participantes
Podrán participar las personas mayores de edad que registren vigésimos de los sorteos ordinarios o extraordinarios que estén contemplados en cada una de las rifas, así como lotines vigentes.
VI - RESPONSABILIDAD, RESTRICCIONES Y CONDICIONES
Personas que no podrán participar en esta promoción son: menores de edad, empleados LNB, empleados de agencia de publicidad y empresas de BTL que estén contratadas por la institución, personal outsourcing, personal temporal de perifoneo, agentes vendedores y dependientes de kioscos LNB.
- Los ganadores que salgan favorecidos en esta promoción tendrán una experiencia VIP.
- La base de datos obtenida en dicha promoción podrá ser utilizada para fines publicitarios futuros, es decir envío de correo o SMS acerca de otras promociones y lanzamientos.
- Los premios correspondientes se entregarán en físico a los ganadores.
- Los participantes deberán reclamar sus premios en el stand de la Lotería el día del evento.
- Para reclamar el premio, es necesario e indispensable presentar los vigésimos y/o lotines con los que ganó de forma física y documento de identidad. No se harán excepciones de ningún tipo.
VII - RIFA DE LOS PREMIOS
- Los ganadores se seleccionarán mediante una rifa al azar, realizada en el foro de la Lotería Nacional de Beneficencia de El Salvador u otro lugar que el departamento de Mercadeo y Publicidad estime conveniente, con transmisión en vivo.
- Se seleccionarán 20 suplentes al momento de cada una de las rifas, esto con el fin de tener otro ganador, por si el ganador inicial no cuenta con alguno de los requisitos para la entrega del premio.
VIII - DE LA ENTREGA DE LOS PREMIOS
- La entrega de los premios se realizará posterior a la selección del ganador, en el lugar que se establezca por la LNB.
- Los ganadores serán contactados por teléfono, WhatsApp o email.
- Para recibir el premio es indispensable que los ganadores presenten los vigésimos y/o Lotines que contienen los códigos con los que salió favorecido en la rifa, así como su DUI.
- Es indispensable que se presente la persona ganadora a reclamar el premio, no puede enviar ningún representante en su nombre.
IX - DEL USO DE IMÁGENES
Por su participación en la presente promoción, el ganador concede autorización a la Lotería Nacional de Beneficencia (LNB), para que esta pueda reproducir, distribuir, mostrar públicamente, hacer demostraciones públicas y producir trabajo derivado de la fotografía u otro medio de multimedia de cualquier forma, en cualquier medio y para cualquier propósito que este en conexión con la entrega del premio, con el objetivo de dar fe sobre la transparencia de sus promociones. En ese sentido, libera de toda responsabilidad civil y penal a la Lotería Nacional de Beneficencia por el uso de las imágenes de su persona, de conformidad a los artículos 13 y 14 de la Ley de Reparación de Daño Moral y artículo 114, 115, 116 y 190 del Código Penal.